viernes, 13 de mayo de 2011

Desde el Campamento "Primera Reserva"

México, D. F., mayo 12 de 2011


ASUNTO: Acuse de recibo.

C. GRAL. DIV. D.E.M. DIRECTOR GENERAL
INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA
LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS-
P R E S E N T E .

ANTECEDENTES:Ofs.11111/4109
y 4085/2011.girados por Dir. Jur.---

Subdir. Asunt.Cont. Depto. De Amparos,
de 11 y 10-05.2011 respectivamente.

Esta Federación acusa recibo de los oficios citados en antecedentes en los cuales esa superioridad quiere contestar a las inquietudes de los Militares Retirados, inconformes estos con la discriminación de que han sido objeto por parte de las autoridades que debieran procurar el cumplimiento cabal de la Ley del ISSFAM que fué expedida por el Congreso de la Unión reconociendo su derecho a una vida digna después de servir a la Nación 20 años o más encuadrados en las filas del Ejército Fuerza Aérea o Marina.
Respecto de las peticiones de los Retirados contenidas en las Cartas Abiertas dirigidas al Mando Supremo y a la Secretaría de Hacienda, debieron esperar respuesta hasta la fecha de instalación del CAMPAMENTO DE LA PRIMERA RESERVA, de todas formas agradecemos la atención que usted nos ha otorgado en esta vez.
No extraña que la SHCP no autorice los beneficios reclamados por ese personal dado que desconoce las Leyes y Reglamentos Militares a las que los Retirados se mantienen sujetos en la PRIMERA RESERVA, razón por la cual al referirse a los “trabajadores al servicio del Estado” no deben quedar excluidos. La discriminación en todo caso sería responsabilidad del ISSFAM.
Sin embargo, esa Institución de Seguridad Social por medio de su Departamento Jurídico, asesora a Legisladores, redacta reformas, justifica los pretextos de la SHCP y dicta las medidas aplicables para que las mejoras en las percepciones del personal del activo jamás lleguen a los salarios de los Retirados “interpretando”, torciendo, para el efecto, el Artículo 23 (21 antes de las reformas de Vicente Fox) de la Ley del ISSFAM.
Por eso sorprende la redacción del primer párrafo de la hoja 3 del oficio 11111/4085/2011 sosteniendo inexactitudes comprobables si se inquiere de su opinión respecto del ISSFAM al primer elemento saliendo de cualquier instalación donde se reúnen los Retirados. La verdad es que no hay indicios del cumplimiento cabal de la propia Ley, no existe estabilidad en ningún aspecto de los militares retirados, si “se adicionó un beneficio extra” para quienes sirvieron 30 o mas años en el servicio activo, de ello fueron injusta e ilegalmente discriminados los de 20 a 29 años con pretextos falaces. El Mando Supremo, a pesar de múltiples instancias, incluso desde el Senado de la República esperó desde 2008 para “”enviar al Congreso de la Unión una iniciativa de reforma a la Ley que rige este Instituto, a fin de que se dé un incremento en dicho “haber de retiro” de más de 50% para el personal que se retiró o se retire con 20 a 29 de servicios”” Sería muy bueno conocer si el mencionado Instituto realizó gestiones en ese lapso para corregir el error, contrariamente solo se conoce el mensaje --cuyo texto se anexa-- que se transcribe en el Boletín del mes de abril de la FEMIRAC donde es manifiesta la propuesta del Alto Mando de diferir a 10 años el beneficio propuesto en la iniciativa del Mando Supremo, iniciativa que por cierto no ha llegado al Congreso de la Unión después de tres meses del anuncio, una razón por la cual la FEMIRAC “Gral. Francisco J. Múgica” permanece en Campamento de la Primera Reserva en la Plaza de la Constitución. Continuamos en espera de la real solución a los requerimientos sostenidos en las Cartas Abiertas dirigidas al Mando Supremo y los demás escritos.
Aprovecho la ocasión para reiterar a usted nuestra gratitud y respeto.

RESPETUOSAMENTE
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN

Gral. Brig. Ret. Presidente Samuel Lara Villa.

Tel. 5396 5385 y 04455 1356 4766; samuellaravilla@hotmail.com

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